En base a la norma de ensayo de resistencia al fuego EN 1634-1, aplicado sobre puertas cortafuego de uso peatonal con ojo de buey, a continuación se muestran algunas variaciones y restricciones aplicables según la citada norma y su correspondiente norma de clasificación.

Variaciones en puertas coratfuegos

  1. El tipo de vidrio y la técnica de fijación en sus bordes, incluidos el tipo y el número de fijaciones por metro de perímetro, no deben variar con respecto a los ensayados.
  2. El número de huecos acristalados y cada una de las dimensiones (anchura y altura) del cristal en cada entrepaño incluido en una probeta se pueden:

    • disminuir en proporción a las reducciones del tamaño de la puerta.
    • disminuir hasta un máximo del 25% en puertas que sean solo de integridad y/o de control de radiación y en puertas que satisfagan los criterios de aislamiento, en las que la temperatura de la superficie no expuesta, tanto para la hoja como para los huecos acristalados, se haya mantenido durante el periodo de clasificación.
    • reducir sin ninguna restricción, a condición de que el área total del/de los entrepaños ensayados sea inferior al 15% del área de la hoja de la puerta o del panel lateral/superior.
  3. No se debe aumentar el número de huecos acristalados ni cada una de las dimensiones de cristal presentes en cada hueco existente en la probeta.
  4. La distancia entre el borde del acristalamiento y el perímetro de cada hoja, o la distancia entre huecos acristalados no se debe reducir con respecto a las existentes en las probetas.
  5. El posicionamiento de los huecos acristalados dentro de la hoja solamente se puede cambiar si no implica la retirada o reubicación de elementos estructurales relativos al acristalamiento. ´

Del mismo modo pueden existir otra extensiones o restricciones en base a las normas EXAP.

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